Lunes, Septiembre 08, 2025

ACUERDO EMITIDO POR EL PLENO GENERAL DE FECHA 05 DE DICIEMBRE

 

 

 

ACUERDO TOMADO POR EL PLENO GENERAL DE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DE LA CIUDAD DE MÉXICO POR EL QUE SE SUSPENDEN PLAZOS PROCESALES Y SE ESTABLECE LA GUARDIA DIGITAL PRESENCIAL.

 

 

El Pleno General de la Sala Superior del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México  con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1°, 6, 7, 8, 11, 13 y 14 fracción IX de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México, vigente a partir del día siguiente de su publicación conforme a los artículos transitorios primero y segundo de la misma, así como el decreto por el que se reforma el artículo 6, vigente a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el cuatro de marzo de dos mil diecinueve; artículos 21 y 22 de la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México; 8 inciso I, 10 y 11 fracción V del Reglamento Interior de este Órgano Jurisdiccional, tomando en consideración las actuales condiciones del Semáforo Epidemiológico Diario CDMX, que mantienen a esta Ciudad en color Naranja con alerta al límite y en término de las nuevas acciones que se han dado a conocer por parte de la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, mediante conferencia de prensa y comunicado de fecha 4 de diciembre de 2020, así como los Avisos de Suspensión de Plazos Procesales en el Poder Judicial de la Ciudad de México y el Aviso del Poder Judicial de la Federación, ambos también del 4 de diciembre del año en curso, y al ser una prioridad para este Órgano Jurisdiccional implementar las medidas para procurar en todo momento la salud de los justiciables y servidores públicos del mismo, toma por unanimidad de votos el siguiente:

ACUERDO

Único.- Se hace del conocimiento de los servidores públicos y del público en general que se suspenden los plazos procesales en el periodo que comprende del día ocho de diciembre al quince de diciembre de dos mil veinte y del siete de enero al quince de enero de dos mil veintiuno. En tal virtud, por única ocasión se amplía el segundo periodo vacacional, del ocho de diciembre de dos mil veinte hasta el quince de enero del dos mil veintiuno, reanudando labores el día lunes dieciocho de enero de dos mil veintiuno, si el semáforo epidemiológico lo permite. En esas condiciones en dicho periodo, no correrán los términos de ley y no se realizarán actuaciones jurisdiccionales, el presente acuerdo se hace extensivo al Órgano Interno de Control y a la Unidad de Transparencia. Sin embargo, en este periodo se celebrarán sesiones remotas de Pleno General, Pleno Jurisdiccional y de la Junta de Gobierno y Administración y para tales efectos se habilitarán los días en que se sesione. Asimismo, se habilitan los días del periodo antes indicado como días hábiles y laborables únicamente para las actuaciones jurisdiccionales que llevará a cabo la Guardia Digital-Presencial, así como para las actuaciones de carácter administrativo que lleve a cabo la Dirección General de Administración de este Órgano Jurisdiccional. Se instruye a la Secretaria General de Acuerdos para la publicación del presente acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.